PROGRAMA TICCÁMARAS

Cámara de Ceuta, a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y Cámara de España, ha puesto en marcha el programa TICCÁMARAS con el objetivo de fomentar la transformación digital de las pymes, micropymes y autónomos, mediante la adopción de una cultura, uso y aprovechamiento permanente de las TIC en sus estrategias empresariales.

¿Cuáles son los objetivos que quiere alcanzar el programa?

  • Impulsar la transformación digital y la incorporación de las TIC a la empresa.
  • Hacer un uso más eficiente e intensivo de las TIC con la intención de aumentar su productividad, mejoren su competitividad, ahorren costes y, en definitiva, sean más innovadoras y productivas.
  • Descubrir nuevas formas de aportar valor a  sus clientes mediante el uso de las TIC, creando así una ventaja competitiva sostenible en el tiempo.
  • Apoyar a las empresas destinatarias en la implantación de soluciones TIC que mejoren su competitividad y productividad.

¿A quién va dirigido?

Pymes y Autónomos de cualquier sección del IAE.

Quedan excluidas las empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agricolas que figuran en el Anexo I del Tratado de la Unión Europea.

Quedan excluidas las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.

Requisitos de los beneficiarios – empresas

» Ser una Pyme, según la definición recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 (http://www.boe.es/doue/2014/187/L00001-00078.pdf ) o autónomo.

» Estar dada de alta en el Censo IAE.

» Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Ceuta.

» Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social. Deberá aportarlos en la solicitud conforme a la opción A.

» No estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

» No tener consideración de empresa en crisis.

» Cumplir la norma de minimis que exige la Unión Europea.

» No haber resultado beneficiaria de la Fase II del Programa en anteriores anualidades.

» Tener interés en abordar actuaciones en materia de incorporación de TIC a sus negocios y estar dispuestas a aportar tiempo y recursos para cofinanciar su participación en el Programa TICCámaras.

Programa

El Programa se materializa a través de las siguientes acciones de apoyo directo:

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Fase I: Diagnóstico Asistido de TIC

En esta fase, se incluye un sistema de diagnóstico asistido y personalizado. Consiste en la realización de un análisis exhaustivo del nivel de digitalización de la empresa que permite conocer el esquema y situación del nivel de competitividad de la misma en su entorno económico y de mercado, así como identificar sus necesidades tecnológicas (alineadas con sus necesidades estratégicas y operativas). A través de este diagnóstico se determinarán una serie de recomendaciones para la implantación de soluciones pertenecientes a las tres líneas de actuación que contempla el Programa:

» Utilización de las TIC para la mejora de la competitividad: herramientas de productividad, ERP, CRM… con clara orientación a la nube (cloud computing).

» Comercio Electrónico.

» Marketing Digital: SEO, SEM, email marketing, analítica web, social media, reputación online, aplicaciones móviles o cualquier otra herramienta, buena práctica o tendencia tecnológica que aparezca en el mercado.

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Fase II: Implantación

Tras su participación en la primera fase del Programa, y siempre en función de la disponibilidad presupuestaria, la empresa podrá participar en la Fase II.

Se continuará con la elaboración, por parte del Asesor Tecnológico de la Cámara, de uno o varios Documentos de Definición de Proyecto, que servirán como base para la solicitud de ofertas a proveedores y la elaboración del Plan personalizado de Implantación.

Este Plan Personalizado de Implantación recogerá las características de los proyectos a implantar, los proveedores seleccionados libremente por la empresa para acometer los mismos y la financiación comprometida. Para cada proyecto se definirán los conceptos y costes elegibles, así como los plazos de ejecución y justificación de la inversión realizada.

Ayudas económicas para la implantación de las soluciones que las empresas beneficiarias deseen implantar, conforme al Plan Personalizado de Implantación que se haya definido previamente con el Asesor Tecnológico de la Cámara, previa confirmación de la disponibilidad presupuestaria.

Solicitud y tramitación

Los interesados deberán presentar su solicitud y documentación que se acompañe a la misma de forma electrónica, exclusivamente a través de la Sede electrónica accesible en la dirección de internet: https://sede.camara.es/sede/ceuta en los términos previstos en la presente convocatoria.

La solicitud se firmará electrónicamente por el interesado o por la persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho.

El solicitante deberá disponer de certificado electrónico reconocido. En la dirección de la Sede electrónica señalada anteriormente figura el listado de autoridades de certificación cuyos certificados son admitidos por la Sede electrónica.

Si un mismo interesado presentara diferentes solicitudes a esta convocatoria, se tomará en consideración únicamente la primera registrada en plazo en la Sede electrónica y no se admitirán a trámite las posteriores.

No se admitirá a trámite ninguna solicitud que se haya presentado por canales distintos a la Sede electrónica o con posterioridad a la fecha límite de presentación de solicitudes establecida en la presente convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes se abre a las 09:00h, del día siguiente hábil a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta y hasta las 14:00h del día 28 de febrero de 2023, si bien el plazo podría acortarse en caso de agotarse el presupuesto.

Las solicitudes se considerarán presentadas en la fecha y hora de entrada en el registro de la Sede electrónica.

Toda la información sobre la convocatoria y la documentación exigida está recogida en la Convocatoria de Ayudas.

Sólo se admitirá a trámite la presentación de una solicitud por empresa [o autónomo].

La presentación de la solicitud supone la aceptación expresa de los requisitos, condiciones y obligaciones contenidos en la presente convocatoria.

Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de la información proporcionada y los documentos proporcionados.

En el caso de que no puedan atenderse todas las solicitudes recibidas con el presupuesto disponible, se celebrará un sorteo con carácter público, de acuerdo a lo previsto en el punto 9 de la presente convocatoria, de manera que el orden de presentación de la solicitud no implicará preferencia en la valoración de las solicitudes.

En el caso de que sí puedan atenderse todas las solicitudes recibidas con el presupuesto disponible, no será necesario la celebración de un sorteo, debiendo ser informado este hecho en la Sede electrónica y en la página Web de la Cámara. En tal caso, la revisión y resolución de solicitudes se realizará siguiendo el orden de entrada de las solicitudes, concediéndose la ayuda a quienes hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria.

La fecha, hora y lugar de celebración del sorteo celebrado ante Notario se publicará en la página Web de la Cámara y en la Sede electrónica (https://sede.camara.es/sede/ceuta) con una antelación mínima de 5 días hábiles a su celebración.

El citado sorteo determinará el orden de prelación entre las solicitudes a los efectos de proceder, siguiendo el citado orden, a: (i) analizar las solicitudes y la documentación presentada por los solicitantes y (ii) conceder las ayudas a los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria, hasta el agotamiento de los fondos disponibles.

En el acto de celebración del sorteo se extraerán, de forma aleatoria, tantos números como número de solicitudes haya en la lista definitiva de admitidos al sorteo. El orden en el que hayan sido extraídos dichos números, determinara el orden de prelación entre las citadas solicitudes.

En la Sede electrónica y en la página Web de la Cámara se publicará la relación de solicitudes según el orden de prelación que haya resultado del citado sorteo.

Convocatoria 2023

Fecha de publicación de la convocatoria en BOCCE: 21/02/2023

Fecha de presentación de solicitudes a partir del: 22/02/2023 a las 09:00h

Fecha de finalización del periodo de presentación de solicitudes: 28/02/2023 a las 14:00h

Fecha de publicación de listado provisional de solicitudes admitidas y denegadas a sorteo: 02/03/2023

Fecha de publicación de listado definitivo de solicitudes admitidas y denegadas a sorteo: 10/03/2023

Fecha de publicación Anuncio fecha de sorteo ante notario : 10/03/2023

Fecha de sorteo ante notario : 20/03/2023 a las 09:30h.

RESULTADO DEL SORTEO

Puede visualizar este listado en sede electrónica (https://sede.camara.es/sede/ceuta

Fecha de sorteo ante notario

Puede visualizar este listado en sede electronica (https://sede.camara.es/sede/ceuta

Listado definitivo de solicitudes a sorteo

Puede visualizar este listado en sede electronica (https://sede.camara.es/sede/ceuta

Listado provisional de solicitudes a sorteo

Puede visualizar este listado en sede electronica (https://sede.camara.es/sede/ceuta

Convocatorias anteriores

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Convocatoria 2022

Solicitud y tramitación

El plazo de presentación de solicitudes se abre a las 09:00h, una vez transcurridos 7 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta y hasta las 14:00h del día 31 de mayo de 2022.

Fechas

Fecha de publicación de la convocatoria en BOCCE: 20 de mayo de 2022

Fecha de presentación de solicitudes a partir del: 23 de mayo de 2022

Fecha de finalización del periodo de presentación de solicitudes: 31 de mayo de 2022

Fecha de publicación de listado provisional de solicitudes admitidas y denegadas a sorteo: 07 de junio de 2022

Fecha de publicación de listado definitivo de solicitudes admitidas y denegadas a sorteo: 16 de junio de 2022

Fecha de publicación Anuncio fecha de sorteo ante notario : 05 de julio de 2022

Fecha de realización y publicación del listado de solicitudes ordenadas para su valoración tras sorteo ante notario : 14 de julio de 2022

Convocatoria

Extracto de la convocatoria TICCAMARAS en el BOCCE.

Convocatoria Programa TICCAMARAS 2022.

Anexos y solicitud

Solicitud de participación empresas habilitado en Sede Electrónica.

Anexo I. Descripción del programa TICCAMARAS 2022.

Anexo II. Declaración Responsable para empresas solicitantes.

Anexo III. Convenio DECA empresa participante.

Anexo IV. Condiciones de participación y tipología y justificación de gastos elegibles.

Resoluciones grupales de admisión

Primera resolución de admisión grupal

Segunda resolución de admisión grupal

Resoluciones grupales de denegación

Primera resolución de denegación grupal

Segunda resolución de denegación grupal

Resultado del sorteo

Listado de solicitudes ordenadas para su valoración tras sorteo ante notario

Fecha de sorteo ante notario

Anuncio fecha de sorteo ante notario

Listado definitivo de solicitudes a sorteo

Listado definitivo de solicitudes a sorteo

Listado provisional de solicitudes a sorteo

Listado provisional de solicitudes a sorteo

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Convocatoria 2021

Solicitud y tramitación

El plazo de presentación de solicitudes se abre a las 09:00h, una vez transcurridos 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta y hasta las 14:00h del día 15 de octubre de 2021, si bien el plazo podría acortarse en caso de agotarse el presupuesto.

Fechas

Fecha de publicación de la convocatoria: 31 de agosto de 2021.

Fecha de presentación de solicitudes a partir del: 9 de septiembre a las 09:00h a través de sede electrónica.

Fecha de finalización del periodo de presentación de solicitudes: 15 de octubre de 2021.

Convocatoria

Extracto de la convocatoria TICCAMARAS en el BOCCE.

Convocatoria Programa TICCAMARAS 2021.

Anexos y solicitud

Solicitud de participación empresas habilitado en Sede Electrónica.

Anexo I. Descripción del programa TICCAMARAS 2021.

Anexo II. Declaración Responsable para empresas solicitantes.

Anexo III. Convenio DECA empresa participante.

Anexo IV. Condiciones de participación y tipología y justificación de gastos elegibles.

Listas de admitidosDenegadosEspera

Información

Teléfono: 956 12 95 99

Email: innovacion@camaradeceuta.es

Este programa está cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional | Una Manera de Hacer Europa.