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SOSTENIBILIDAD

El Programa Sostenibilidad tiene como objetivo principal mejorar la competitividad de la pyme española mediante el impulso de la sostenibilidad, así como reactivar la economía en base a la sostenibilidad, poniendo en valor sus repercusiones económicas, sociales y medioambientales, y a la Agenda 2030.

Objetivos

  • Aumento de la eficiencia energética y la reducción de la huella de carbono.
  • Contribuir a la concienciación en materia de medio ambiente a través de compromisos para reducir la huella de carbono. Impulsar la concienciación y capacitación en materia de sostenibilidad.
  • Ampliar el conocimiento y aportar herramientas para dar a conocer el impacto ambiental de la pyme.
  • Dar a conocer los compromisos para ayudar a las empresas a reducir sus emisiones y ser empresas sostenibles.

¿A quién va dirigido?

Pymes y Autónomos de cualquier sección del IAE. Quedan excluidas las empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agricolas que figuran en el Anexo I del Tratado de la Unión Europea.

Requisitos de los beneficiarios – empresas

» Ser una Pyme, según la definición recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 (http://www.boe.es/doue/2014/187/L00001-00078.pdf ) o autónomo.

» Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social. Deberá aportarlos en la solicitud conforme a la opción A.

» No estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Genera de Subvenciones.

» Tener interés en abordar actuaciones en materia de sostenibilidad a sus negocios y estar dispuestas a aportar tiempo y recursos para cofinanciar su participación en el Programa.

» Cumplir la norma de minimis que exige la Unión Europea.

Programa

El Programa se materializa a través de las siguientes acciones de apoyo directo:

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Fase I: Diagnóstico Asistido en Sostenibilidad

Esta fase consiste en la elaboración de un Diagnóstico Asistido en materia de Sostenibilidad que permitirá a la Pyme analizar su nivel de desarrollo sostenible y sus posibilidades de mejora mediante el estudio de:

» Huella de carbono: la pyme podrá realizar el propio cálculo de su huella de carbono, para ser conocedora de las toneladas de CO2 que genera a la atmósfera, así como facilitar los compromisos que deben adquirir para su reducción.
» Eficiencia energética: concienciar a la pyme para calcular su eficiencia energética y establecer un Plan de Eficiencia Energética.
» Economía Circular: reducción del uso de recursos no renovables, y adopción de soluciones para combatir la contaminación atmosférica y el calentamiento global.
» Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS): diagnóstico relacionado con los ODS que impactan directamente con el medio ambiente, para determinar cómo la empresa puede contribuir al pacto mundial de la agenda 2030.

Como punto final al proceso de diagnóstico se proponen una serie de recomendaciones, con un claro enfoque hacia las oportunidades específicas de la empresa en materia de sostenibilidad, junto con una explicación detallada de los proyectos de implantación recomendados.

Esta fase es prefinanciada y cofinanciada por las Cámaras de Comercio. El diagnóstico es totalmente gratuito para la empresa.

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Fase II: Implantación

Tras su participación en la primera fase del Programa, y siempre en función de la disponibilidad presupuestaria, la empresa podrá participar en la Fase II.

En esta fase, proveedores externos a las Cámaras, realizan la implantación de las soluciones establecidas en el Diagnóstico. El importe máximo financiable es de 7.000 €, si bien las implantaciones pueden ser de mayor cantidad.

Este importe será prefinanciado al 100% por la empresa, quien recibirá posteriormente una ayuda, conforme al 80% de cofinanciación de FEDER definido en la convocatoria de ayudas.

Esta segunda fase prevé también actuaciones de seguimiento y acompañamiento por parte de las entidades camerales (se monitorizará la implantación y se acompañará a la PYME para facilitar la apropiación y aprovechamiento de lo implantado). El personal cameral realizará tareas tanto de ejecución como de coordinación de las actuaciones. Este seguimiento no tiene coste para la empresa.

Se continuará con la elaboración, por parte del Asesor Tecnológico de la Cámara, de uno o varios Documentos de Definición de Proyecto, que servirán como base para la solicitud de ofertas a proveedores y la elaboración del Plan personalizado de Implantación.

Este Plan Personalizado de Implantación recogerá las características de los proyectos a implantar, los proveedores seleccionados libremente por la empresa para acometer los mismos y la financiación comprometida. Para cada proyecto se definirán los conceptos y costes elegibles, así como los plazos de ejecución y justificación de la inversión realizada.

Ayudas económicas para la implantación de las soluciones que las empresas beneficiarias deseen implantar, conforme al Plan Personalizado de Implantación que se haya definido previamente con el Asesor Tecnológico de la Cámara, previa confirmación de la disponibilidad presupuestaria.

Solicitud y tramitación

Los interesados deberán presentar su solicitud y documentación que se acompañe a la misma de forma electrónica, exclusivamente a través de la Sede electrónica accesible en la dirección de internet: https://sede.camara.es/sede/ceuta en los términos previstos en la presente convocatoria.

La solicitud se firmará electrónicamente por el interesado o por la persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho.

El solicitante deberá disponer de certificado electrónico reconocido. En la dirección de la Sede electrónica señalada anteriormente figura el listado de autoridades de certificación cuyos certificados son admitidos por la Sede electrónica.

Si un mismo interesado presentara diferentes solicitudes a esta convocatoria, se tomará en consideración únicamente la primera registrada en plazo en la Sede electrónica y no se admitirán a trámite las posteriores.

No se admitirá a trámite ninguna solicitud que se haya presentado por canales distintos a la Sede electrónica o con posterioridad a la fecha límite de presentación de solicitudes establecida en la presente convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes se abre a las 09:00h, del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta y hasta las 14:00h del día ___ de _______ de 2022, si bien el plazo podría acortarse en caso de agotarse el presupuesto.

Las solicitudes se considerarán presentadas en la fecha y hora de entrada en el registro de la Sede electrónica.

Toda la información sobre la convocatoria y la documentación exigida está recogida en la Convocatoria de Ayudas.

Aquí te dejamos un breve video explicativo sobre como presentar tu solicitud en Sede Electrónica.

Sólo se admitirá a trámite la presentación de una solicitud por empresa [o autónomo].

La presentación de la solicitud supone la aceptación expresa de los requisitos, condiciones y obligaciones contenidos en la presente convocatoria. Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de la información proporcionada y los documentos proporcionados.

En el caso de que no puedan atenderse todas las solicitudes recibidas con el presupuesto disponible, se celebrará un sorteo con carácter público, de acuerdo a lo previsto en el punto 9 de la presente convocatoria, de manera que el orden de presentación de la solicitud no implicará preferencia en la valoración de las solicitudes.

En el caso de que sí puedan atenderse todas las solicitudes recibidas con el presupuesto disponible, no será necesario la celebración de un sorteo, debiendo ser informado este hecho en la Sede electrónica y en la página Web de la Cámara. En tal caso, la revisión y resolución de solicitudes se realizará siguiendo el orden de entrada de las solicitudes, concediéndose la ayuda a quienes hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria.

La fecha, hora y lugar de celebración del sorteo celebrado ante Notario se publicará en la página Web de la Cámara y en la Sede electrónica (https://sede.camara.es/sede/ceuta) con una antelación mínima de 5 días hábiles a su celebración.

El citado sorteo determinará el orden de prelación entre las solicitudes a los efectos de proceder, siguiendo el citado orden, a: (i) analizar las solicitudes y la documentación presentada por los solicitantes y (ii) conceder las ayudas a los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria, hasta el agotamiento de los fondos disponibles.

En el acto de celebración del sorteo se extraerán, de forma aleatoria, tantos números como número de solicitudes haya en la lista definitiva de admitidos al sorteo. El orden en el que hayan sido extraídos dichos números, determinara el orden de prelación entre las citadas solicitudes. En la Sede electrónica y en la página Web de la Cámara se publicará la relación de solicitudes según el orden de prelación que haya resultado del citado sorteo.

Convocatoria 2022

Fecha de publicación de la convocatoria:

Fecha de presentación de solicitudes a partir del:

Fecha de finalización del periodo de presentación de solicitudes:

Información

Teléfono: 956 129 599 #8098 Email: innovacion@camaradeceuta.es

Este programa está cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional | Una Manera de Hacer Europa.